Un fallo judicial determinó que los responsables de una motoniveladora que impactó contra un vehículo estacionado deben resarcir económicamente al propietario por los daños materiales y la pérdida de uso.
Un hecho ocurrido en Catriel terminó en la Justicia con un fallo favorable para el dueño de una camioneta que fue chocada por una motoniveladora mientras estaba estacionada. El episodio se registró una mañana de febrero en la calle La Habana al 165, cuando una Ford Ranger se encontraba detenida frente a un gimnasio. En ese momento, una motoniveladora que realizaba tareas en la calzada impactó contra el vehículo.
El propietario sostuvo desde el inicio que su camioneta estaba correctamente estacionada al momento del choque y presentó pruebas como fotografías, una exposición policial y otros elementos que respaldaron su versión. En la causa fueron demandadas tres personas: el conductor de la maquinaria, el titular del equipo y una empresa vinculada a las tareas. También intervino la aseguradora La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, citada en garantía.
Durante el proceso, los demandados negaron los hechos y cuestionaron los daños, mientras que la aseguradora planteó que el vehículo podría haber estado mal estacionado. Sin embargo, testimonios y pericias fueron clave: testigos aseguraron que la camioneta estaba detenida, y un informe técnico determinó que la motoniveladora circulaba en reversa al momento del impacto.
Con esas pruebas, la Justicia encuadró el caso bajo el régimen de responsabilidad por el riesgo de las cosas y concluyó que no hubo factores que interrumpieran el vínculo entre la maniobra y el daño. Finalmente, el fallo hizo lugar al reclamo y ordenó a los responsables indemnizar al propietario por los daños materiales y el tiempo en que no pudo utilizar el vehículo. La sentencia es de primera instancia y aún puede ser apelada.
