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El Gobierno publicó la letra chica del bono en dólares para importadores

Son títulos en moneda extranjera, que pagarán una tasa de hasta 5%. Los empresarios podrán usarlos para liquidar obligaciones con la AFIP.

22 de diciembre 2023, 10:51hs

El Banco Central ofrecerá un bono en dólares a los importadores. (Foto: AFP/Juan Mabromata).

El Banco Central ofrecerá un bono en dólares a los importadores. (Foto: AFP/Juan Mabromata).

El Gobierno publicó este viernes el decreto por el que saldará con un bono en dólares la deuda comercial que los importadores tienen pendiente. Los títulos serán emitidos por el Banco Central (BCRA) y los empresarios podrán usarlos para el pago de impuestos.

La estimación oficial es que la deuda de los importadores llega a los US$60.000 millones, alrededor del doble del nivel habitual que maneja la economía argentina. Son importaciones que el gobierno de Alberto Fernández aprobó, pero luego no pagó. Por lo tanto, los empresarios quedaron endeudados con los proveedores del exterior porque no pudieron acceder a las divisas en el mercado oficial.

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La semana pasada, el BCRA había publicado la normativa que creaba las Notas del BCRA en dólares estadounidenses con opción de rescate para importadores de bienes y servicios pendientes de pago – Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Sin embargo, restaba afinar detalles sobre su funcionamiento y eso requirió reuniones con la secretaría de Comercio y los propios importadores.

Esos encuentros decantaron en el decreto que se publicó este viernes y cuyo texto permite a los importadores usar hasta US$3500 millones de los bonos que reciban para el pago de obligaciones con la AFIP, según las siguientes condiciones:

Los títulos se tienen que adquirir antes de 31 de marzo de 2024. Se podrán aplicar hasta US$1000 millones para el pago de impuestos entre el 30 de abril de 2025 y el 29 de abril de 2026.Otros US$1000 millones se habilitarán para ese fin entre el 30 de abril de 2026 y el 29 de abril de 2027. Hasta US$1500 millones se podrán utilizar para cancelar obligaciones impositivas entre el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027. Aunque la AFIP hará su propia reglamentación sobre esta alternativa, el decreto ya establece que los bonos no se podrán utilizar para pagar aportes y contribuciones destinadas a la seguridad social; contribuciones al régimen de obras sociales; cuotas correspondientes al seguro de vida obligatorio ni de las ART; impuesto al cheque; ni obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.

Noticia que está siendo actualizada.-

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