viernes, 17 abril, 2026
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Justicia de General Roca elimina la obligación de rendir cuentas sobre gastos de hijos

Un fallo del Fuero de Familia consideró que exigir a una madre justificaciones bimestrales por la cuota alimentaria constituía un mecanismo de desigualdad y violencia económica. Además, actualizó el monto luego de más de una década.

El Fuero de Familia de General Roca resolvió eliminar una cláusula que obligaba a una madre a presentar rendiciones de cuentas bimestrales al padre de sus hijos sobre los gastos de crianza. El tribunal consideró que esta exigencia constituía un mecanismo de desigualdad y una forma de violencia económica.

El caso se remonta a más de diez años atrás, cuando una docente de la ciudad asumió de manera exclusiva el cuidado de sus hijos luego de que el padre se mudara a otra provincia y redujera su contacto y participación en la crianza. Durante ese período, la mujer trabajó en doble turno para sostener el hogar, mientras el hombre aportaba un porcentaje fijo de su salario, que con el tiempo resultó insuficiente frente al aumento del costo de vida.

En el acuerdo original, la madre había aceptado una cláusula que la obligaba a presentar comprobantes y rendiciones de gastos cada dos meses. Esta exigencia implicaba recopilar tickets y facturas para justificar el uso del dinero destinado a los hijos, lo que, según el fallo, representó una carga adicional durante más de una década.

Con el paso del tiempo y el ingreso de los hijos a la adolescencia, los gastos en educación, salud y actividades deportivas aumentaron considerablemente. Ante esta situación y la falta de participación del padre, la mujer acudió a la Justicia para solicitar una actualización de la cuota alimentaria.

El tribunal fijó una nueva cuota equivalente al 30% del salario bruto del progenitor, con un piso no inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil, además de establecer que deberá cubrir el 50% de los gastos extraordinarios. La jueza interviniente también dejó sin efecto la obligación de rendición de cuentas, al considerar que las obligaciones alimentarias están destinadas a cubrir las necesidades de los hijos y no requieren la justificación detallada de cada gasto. En su fallo, remarcó que mantener ese tipo de cláusulas implicaría validar prácticas inequitativas con perspectiva de género.

Durante el proceso, el demandado no respondió la demanda ni se presentó a las audiencias. Las pruebas del expediente acreditaron que cuenta con empleo formal, mientras que la madre continúa asumiendo en soledad el cuidado de los hijos y la mayor parte de los gastos. El fallo también destacó que habían pasado más de once años sin actualización del monto original, lo que provocó una pérdida significativa del poder adquisitivo debido a la inflación, y que las necesidades de los hijos aumentaron por su edad.

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