El grupo de personas que no deberá abonar el trámite de la verificación en febrero 2025.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un proceso obligatorio que garantiza que los vehículos cumplan con los estándares de seguridad mientras transitar por la carretera. Durante la inspección, se revisan componentes clave como los frenos, las luces, el sistema de escape y la suspensión.
Sin embargo, hay algunas personas que pueden acceder a un 50% de descuento en el pago del trámite o hasta hacerlo sin cargo.
No tener la VTV al día puede acarrear serios problemas, tanto legales como financieros. Circular sin la verificación puede resultar en multas y retención del vehículo. Además, un vehículo sin este trámite representa un riesgo para la seguridad vial.
Las personas que no deberán pagar la VTV en febrero
Existe un grupo de personas que podrán pasar la revisión en la Ciudad de Buenos Aires sin tener que abonar la VTV para transitar por todo el país. Estos son:
- Discapacitados titulares de vehículos.
- Discapacitados no titulares del vehículo (padres, descendientes, tutores, cónyuges).
- Jubilados, pensionados y mayores de 65 años titulares de un vehículo y que cobren hasta 2 haberes mínimos jubilatorios.
Dentro de esos conductores se suman en la Provincia de Buenos Aires:
- Autos destinados a servicios municipales;
- Vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos,
- Rodados que sean propiedad de titulares con discapacidad.
Quiénes deben pasar la VTV
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la VTV es obligatoria para los rodados con más de tres años de antigüedad desde su patentación o más de 60.000 kilómetros.
Para un 0 km, el trámite tendrá una vigencia máxima de tres años. Pasado el plazo, en caso no supere los 80.000 km, se mantendrá la misma duración.
En caso de los vehículos de la provincia de Buenos Aires (PBA), se deberá realizar la diligencia por todos los conductores con coches de más de dos años de antigüedad. Con un 0 km, deberán pasar la verificación a partir de los 24 meses desde su inscripción.
Las fechas en las que se debe realizar la VTV
Según determinaron las autoridades, la gestión se podrá realizar según el número final de la patente.
- Patente terminada en 0: vence el 31 de octubre.
- Patente terminada en 1: vence el 30 de noviembre.
- Patente terminada en 2: vence e 28 de febrero.
- Patente terminada en 3: vence el 31 de marzo.
- Patente terminada en 4: vence el 30 de abril.
- Patente terminada en 5: vence el 31 de mayo.
- Patente terminada en 6: vence el 30 de junio.
- Patente terminada en 7: vence el 31 de julio.
- Patente terminada en 8: vence el 31 de agosto.
- Patente terminada en 9: vence el 30 de septiembre.
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