miércoles, 23 octubre, 2024
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En San Martín de los Andes debutó el juicio directo

Un hombre que intentó robar una bicicleta en la localidad de San Martín de los Andes, será sometido a juicio a menos de 24 horas de cometido el hecho. Ello porque la Justicia aplicó, por primera vez, la reforma procesal que establece el enjuiciamiento directo para los casos de flagrancia, aunque el defensor del acusado se oponga.

Este miércoles, se desarrolló una audiencia en la que la fiscal Inés Gerez formuló cargos a un hombre que el martes intentó sustraer una bicicleta que estaba apoyada en un poste de alumbrado frente a un local comercial de San Martín de los Andes. Allí fue detenido y se comprobó que, además, tenía antecedentes penales.

En este caso la fiscalía apeló a la reforma procesal del artículo 222 del Código Procesal Penal que impulsaron el fiscal general José Gerez y el intendente de la localidad, Carlos Saloniti, que posibilita acelerar los tiempos cuando el imputado es detenido en el momento en que comete el delito.

Fiscal Inés Gerez. Fuente (MPF)

La audiencia fue breve. Duró tan solo 35 minutos, según informó el MPF, y allí se resolvió cerrar la etapa de investigación –estaban todas las pruebas en la mesa- y que el caso vaya a juicio.

El episodio sucedió el 18 de junio a las siete de la tarde. El hombre, identificado por sus iniciales como F.H.B quiso robar una bicicleta apoyada en un poste de iluminación en calle San Martín casi Curruhuinca. Allí un transeúnte lo vio y lo retuvo. Otros vecinos y el dueño del rodado también participaron, hasta que llegó la Policía. El hombre fue acusado de hurto calificado por ser vehículo dejado en la vía pública, en grado de tentativa.

Policía de San Martín de los Andes. Fuente (Google)

“La prueba con la que contamos son el testimonio de la víctima y dueño de la bicicleta; también el testimonio de quien interceptó al imputado cuando intentaba sustraer la bicicleta; tenemos además el testimonio de personal policial llegó al lugar del hecho y del que supervisó la actuación”, indicó Gerez. “Ellos son quienes declararían como testigos en el juicio, y contamos además con la ilustración del croquis del lugar del hecho y fotografías”, precisó.

También argumentó que se dan los “presupuestos del segundo párrafo del artículo 222 del Código Procesal Penal, el que regula la realización del juicio directo. Este es un caso de flagrancia, ya que el imputado fue aprehendido en el momento de cometido el hecho; ya no hay más prueba que producir”. Y puntualizó que con la realización de un juicio directo “se da una respuesta rápida y eficaz a la sociedad”.

Jueza de Garantías Leticia Lorenzo Fuente (Facebook)

Además, remarcó que el imputado tiene antecedentes penales. Hace algunos meses obtuvo una suspensión de juicio a prueba y luego fue condenado a prisión en suspenso por delitos contra la propiedad. Debido a que se espera aplicarle una pena inferior a los 3 años de prisión, se solicitó la integración de un tribunal unipersonal.

El abogado defensor se opuso a la realización del juicio directo, pero la jueza de Garantías, Leticia Lorenzo, utilizó la reforma que la habilita a decidir. Es que antes de la reforma procesal de noviembre de 2023, la oposición del defensor era suficiente para dejar sin efecto la realización del juicio directo.

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