miércoles, 23 octubre, 2024
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Buscan eliminar jubilaciones de privilegio en el Poder Judicial de Neuquén

El bloque de diputados de Arriba Neuquén presentó un proyecto de ley para derogar el régimen de jubilaciones privilegio del Poder Judicial. La iniciativa busca revocar la ley 859 y modificar la ley 1971, el objetivo es promover “la igualdad, la equidad y la austeridad” en el sistema de jubilaciones y salarios.

La autora de esta iniciativa es Gisselle Stillger, quien aseguró que el régimen privilegiado de jubilaciones del Poder Judicial genera “desigualdades y distorsiones” que afectan negativamente la “cohesión social y la confianza en las instituciones”. Al mismo tiempo, sostuvo: «La modificación sugerida implica un ahorro fiscal en sintonía con lo planteado por los gobiernos provincial y nacional». 

La diputada provincial Gisselle Stillger. Fuente: (Legislatura) 

La modificación del artículo 10 de la ley 1971 establece que los magistrados, funcionarios, agentes del Poder Judicial e integrantes de los ministerios públicos y cuerpos auxiliares de la Justicia provincial perciban en concepto de adicional por antigüedad por cada año de servicio o fracción mayor a seis meses, que registren al 31 de diciembre del año inmediato anterior, una suma equivalente al 3,5 % de la sumatoria de los rubros: salario básico, compensación jerárquica, compensación funcional, permanencia en la categoría, diferencia compensatoria.

La legisladora, en diálogo con LU5, remarcó: «El Poder Judicial es autónomo y autárquico porque es un poder diferenciado del Poder Legislativo, pero yo creo que hay que darle herramientas para que, usando el ingenio, utilice mejor su presupuesto». En cuanto al concepto de «igualdad y equidad», señaló una de las principales diferencias entre un empleado público y un magistrado, el primero se jubila con un promedio de los últimos 5 años mientras que el régimen de jubilados del segundo es el mejor haber mensual. 

Oficina del Poder Judicial. Fuente: (Facebook)

A la vez, especificó que la determinación de la antigüedad total se hará sobre la base de los servicios no simultáneos cumplidos en forma ininterrumpida o alternada en organismos nacionales, provinciales y municipales. La bonificación se calculará en función de la antigüedad real en el servicio.

También determina que no se computarán los años de antigüedad que devengan de un beneficio previsional. Esta bonificación se computará hasta que el magistrado, funcionario o agente judicial haya acumulado 30 años de servicio. Para quienes, al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, perciban un adicional por antigüedad superior a 30 años de servicio, dicha suma será considerada como tope máximo en cada caso en particular.

El proyecto será tratado en la Legislatura. Fuente: (´Facebook)

Ante la pregunta de si hay posibilidad de conceso dentro del recinto para la aprobación, Stillger afirmó: «Yo creo que sí, porque un montón de legisladores bregaban por discutir esta ley y generamos el compromiso de empezar a tratarlo en marzo, ni bien se renovaran las sesiones. Bueno, acá estamos. Ya es marzo». Por último, aclaró que la propuesta ya había sido presentada por el bloque del Frente de Izquierda años atrás, pero ahora es cuando la Legislatura está permeable a recepcionar este tipo de proyecto. 

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